CONSEJO DE ESTADO DECIDIRÁ LA
SUERTE DE EXSENADORA CÓRDOBA
En manos del Consejo de Estado quedó la decisión final frente a la llamada muerte política de la ex senadora Piedad Córdoba, luego de que la Corte Constitucional le diera la razón a la Procuraduría respecto de su competencia para investigar y sancionar a funcionarios elegidos porvoto popular.
Así lo explicó el presidente de la Corte Constitucional, magistrado Jorge Iván Palacio, al explicar que en la acción de tutela interpuesta hace dos años por la dirigente política se cuestionó la competencia del Procurador General de la Nación para investigar y sancionar a los congresistas, y no la validez de las pruebas con las que fue destituida e inhabilitada durante 18 años.
“Según el artículo 277 de la Constitución, el Procurador General sí es competente para ejercer la vigilancia superior de las funciones desempeñadas por los congresistas, en su calidad de servidores públicos y miembros de una corporación pública de elección popular, para lo cual puede adelantar las investigaciones e imponer las sanciones disciplinarias definidas en la ley”, señala el fallo.
El Presidente de la Corte agregó que durante los dos años de estudio de la tutela, la corporación debatió la competencia del Ministerio Público frente a los funcionarios de elección popular, y no la validez de las pruebas que fundamentaron el fallo del procurador Alejandro Ordóñez para destituirla e inhabilitarla.
“Esta decisión se circunscribe únicamente a los problemas jurídicos examinados, de manera que no comprende la valoración sobre aspectos de orden procedimental, sustantivo, probatorio o de cualquier otra índole relacionados con el trámite disciplinario seguido en contra de la accionante, ni versa sobre la eventual invalidez de las pruebas recaudadas o la proporcionalidad de las sanciones impuestas a la peticionaria, asuntos que, además de no haber sido objeto de reproche en sede de tutela, habrán de ser debatidos al interior del proceso contencioso administrativo que se encuentra en trámite en el Consejo de Estado”, manifestó Palacio.
Quiere decir, que será el Consejo de Estado quien estudie la validez de las pruebas de la Procuraduría con relación al fallo en contra de Córdoba Ruiz.
De hecho, fue la Corte Suprema de Justicia que, en providencia de mayo de 2011, dejó sin vigencia el valor probatorio de la información contenida en los computadores incautados al abatido jefe guerrillero alias ‘Raúl Reyes’ en la ‘Operación Fénix’, realizada en marzo de 2008 en territorio ecuatoriano, y en la cual se fincó la destitución de la entonces senadora liberal.
En la sentencia, la Corte señala: “La Sala también recordó que en los debates al interior de la Asamblea Nacional Constituyente, fue clara y expresa la voluntad de sujetar la conducta de los congresistas al control disciplinario del Procurador General de la Nación, teniendo como norte que uno de los propósitos centrales de ese proceso, fue introducir serias y profundas reformas al régimen de los parlamentarios”.
El magistrado Palacio, de otra parte, dijo que la Corte validó la competencia para que el Viceprocurador General asuma el conocimiento de un proceso, cuando el Procurador General se declara impedido o cuando acepta la recusación presentada en su contra.
Así las cosas, a la ex senadora le quedan aún dos recursos por agotar. El primero, la demanda que tiene contra el fallo de la Procuraduría que la destituyó, pero esta vez argumentado la falta de validez de las pruebas del procurador Alejandro Ordóñez.
La propia Córdoba dijo este jueves en su cuenta de Twitter que acudirá ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos para recobrar sus derechos políticos. “No estoy muerta políticamente, sueño con un país mejor y lucharé por construirlo, esa es la manera más hermosa de hacer política. Creo en el derecho, en el corazón y la razón, por eso iré al Sistemas de Protección de Derechos Humanos”.
En manos del Consejo de Estado quedó la decisión final frente a la llamada muerte política de la ex senadora Piedad Córdoba, luego de que la Corte Constitucional le diera la razón a la Procuraduría respecto de su competencia para investigar y sancionar a funcionarios elegidos porvoto popular.
Así lo explicó el presidente de la Corte Constitucional, magistrado Jorge Iván Palacio, al explicar que en la acción de tutela interpuesta hace dos años por la dirigente política se cuestionó la competencia del Procurador General de la Nación para investigar y sancionar a los congresistas, y no la validez de las pruebas con las que fue destituida e inhabilitada durante 18 años.
“Según el artículo 277 de la Constitución, el Procurador General sí es competente para ejercer la vigilancia superior de las funciones desempeñadas por los congresistas, en su calidad de servidores públicos y miembros de una corporación pública de elección popular, para lo cual puede adelantar las investigaciones e imponer las sanciones disciplinarias definidas en la ley”, señala el fallo.
El Presidente de la Corte agregó que durante los dos años de estudio de la tutela, la corporación debatió la competencia del Ministerio Público frente a los funcionarios de elección popular, y no la validez de las pruebas que fundamentaron el fallo del procurador Alejandro Ordóñez para destituirla e inhabilitarla.
“Esta decisión se circunscribe únicamente a los problemas jurídicos examinados, de manera que no comprende la valoración sobre aspectos de orden procedimental, sustantivo, probatorio o de cualquier otra índole relacionados con el trámite disciplinario seguido en contra de la accionante, ni versa sobre la eventual invalidez de las pruebas recaudadas o la proporcionalidad de las sanciones impuestas a la peticionaria, asuntos que, además de no haber sido objeto de reproche en sede de tutela, habrán de ser debatidos al interior del proceso contencioso administrativo que se encuentra en trámite en el Consejo de Estado”, manifestó Palacio.
Quiere decir, que será el Consejo de Estado quien estudie la validez de las pruebas de la Procuraduría con relación al fallo en contra de Córdoba Ruiz.
De hecho, fue la Corte Suprema de Justicia que, en providencia de mayo de 2011, dejó sin vigencia el valor probatorio de la información contenida en los computadores incautados al abatido jefe guerrillero alias ‘Raúl Reyes’ en la ‘Operación Fénix’, realizada en marzo de 2008 en territorio ecuatoriano, y en la cual se fincó la destitución de la entonces senadora liberal.
En la sentencia, la Corte señala: “La Sala también recordó que en los debates al interior de la Asamblea Nacional Constituyente, fue clara y expresa la voluntad de sujetar la conducta de los congresistas al control disciplinario del Procurador General de la Nación, teniendo como norte que uno de los propósitos centrales de ese proceso, fue introducir serias y profundas reformas al régimen de los parlamentarios”.
El magistrado Palacio, de otra parte, dijo que la Corte validó la competencia para que el Viceprocurador General asuma el conocimiento de un proceso, cuando el Procurador General se declara impedido o cuando acepta la recusación presentada en su contra.
Así las cosas, a la ex senadora le quedan aún dos recursos por agotar. El primero, la demanda que tiene contra el fallo de la Procuraduría que la destituyó, pero esta vez argumentado la falta de validez de las pruebas del procurador Alejandro Ordóñez.
La propia Córdoba dijo este jueves en su cuenta de Twitter que acudirá ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos para recobrar sus derechos políticos. “No estoy muerta políticamente, sueño con un país mejor y lucharé por construirlo, esa es la manera más hermosa de hacer política. Creo en el derecho, en el corazón y la razón, por eso iré al Sistemas de Protección de Derechos Humanos”.
Publicación: El Colombiano
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